editorial
La declaración de inconstitucionalidad de la ley que creó el ICIR plantea una paradoja: la contradicción entre legalidad y legitimidad.
Entendemos que detrás de la similitud semántica, ambos términos no son exactamente sinónimos. El adjetivo ‘legal’ se aplica a aquello que está prescrito por ley y conforme a ella; esta acepción encierra la idea de formalidad, de cumplimiento de las normas, de fiel observancia de las disposiciones contenidas en la Constitución, las leyes, los decretos, los reglamentos y las resoluciones.
En cambio, elegimos el adjetivo ‘legítimo’ si queremos aludir a algo que, independientemente de que se ajuste o no a derecho –es decir, prescindiendo de que sea legal o no lo sea de acuerdo con el derecho positivo vigente–, consideramos lícito, justo, permitido “según justicia y razón”, como reza el diccionario. En el concepto de ‘legítimo’ interviene preponderantemente la idea de justicia como valor que trasciende el ordenamiento jurídico.
Aparentemente, el impuesto violenta un par de artículos de la Carta, lo que lo torna inconstitucional, es decir no ajustado a derecho. El artículo 298 habilita al Parlamento a “extender la esfera de aplicación de los gravámenes departamentales o ampliar las fuentes sobre las cuales podrán recaer, siempre que no se incurra en superposición impositiva”. El inciso 1º del 297, por su parte, establece que los impuestos sobre la propiedad inmueble rural serán fijados por el Poder Legislativo, pero su recaudación y la totalidad de su producido corresponde a las intendencias.
Según ha trascendido, la Suprema Corte de Justicia ha fallado sobre la primera acción presentada declarando la inconstitucionalidad de la Ley 18.876, con lo cual es de prever que igual suerte correrán las subsiguientes acciones de inconstitucionalidad planteadas.
No nos corresponde en este editorial pronunciarnos sobre aspectos jurídicos del asunto. Pero nos parece claro que el ICIR –más allá de su constitucionalidad (en definitiva, de su ‘legalidad’)– es un tributo profundamente legítimo en la medida que conlleva la idea de ‘justicia’ como valor que trasciende la juridicidad.
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Hoy el intendente de Maldonado Oscar de los Santos cumple 51 años de edad, los que tendrá que festejar en la estancia de Anchorena, por la reunión que mantendrá el Congreso de Intendentes con el presidente José Mujica.
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El argentino Laureano Rosas se quedó ayer con la contrarreloj de la séptima etapa de Rutas de América disputada en Durazno, mantuvo la malla líder y hoy en la llegada a Montevideo buscará levantar la copa.
El diccionario Santillana agregó un nuevo adjetivo a su lista de palabras: “inmessionante”, que significa: “Calificativo referente a Messi, a su manera perfecta de jugar al fútbol, a su capacidad ilimitada de autosuperación. Dícese del mejor futbolista de todos los tiempos”. Según indican medios españoles, se realizó una campaña para encontrar un adjetivo que describa a “Lio” y el encargado de elegir “inmessionante” fue Alejandro Sabella, DT de Argentina.
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Daniel Enríquez encendió la luz de alerta en el cuerpo técnico de Nacional. “Preocupa el rendimiento del equipo, no se puede repetir lo del martes pasado”, dijo el gerente deportivo. “Somos Nacional y tenemos cómo lastimar al rival”, sentenció.
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