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Ley de Medios: extienden medida cautelar para Clarín

A un día de la fecha fijada por la Corte Suprema para el vencimiento de la cautelar, la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal prorrogó la medida que mantiene suspendido el artículo 161 "hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa”. El gobierno solicitará la nulidad del fallo mediante un per saltum.

PUBLICADO el Viernes 7 de diciembre, 2012

La resolución lleva la firma de los jueces Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta y fue notificada a las partes en la tarde del pasado jueves. La decisión de los magistrados contradice a la opinión de la Corte Suprema respecto de cuál el vencimiento establecido para lo que se dio a llamar el 7D debía ser la máxima extensión de la medida cautelar.

El máximo tribunal fijó el pasado 22 de mayo -y ratificó- la fecha del 7 de diciembre como plazo máximo para la vigencia de la medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín, tras considerar que 36 meses -desde el 9 de diciembre de 2009- era un plazo “razonable”.

La resolución emitida por la Cámara este jueves le concede al Grupo Clarín la posibilidad de no adecuarse a la Ley de Medios, sancionada por el Congreso el 10 de octubre de 2009, indica Télam.“Si bien el término para la adecuación general a la ley 26.522 ha vencido, respecto de las empresas actoras su curso está suspendido y, en consecuencia, los efectos de tal vencimiento no son aplicables a las demandantes precisamente por efecto de la traba de la medida cautelar”, sotienen los magistrados en la resolución.
Los camaristas estimaron que el artículo 161 -que desconoce retroactivamente licencias vigentes- está suspendido para el Grupo Clarín . “Las actoras -dice el fallo respecto de las empresas que iniciaron la demanda- tienen en suspenso tanto su obligación de desinvertir según las disposiciones de la ley 26.522 -obligación que es impugnada de inconstitucional en los autos principales- como el curso del plazo de un año que la norma estableció (complementada por las disposiciones reglamentarias), que no ha comenzado a correr a su respecto”, aclararon.

“En efecto -añadieron los jueces- en el momento actual la parte actora (Grupo Clarín) no tiene la obligación de adecuar su conducta al artículo 161 de la ley 26.522 ni a los plazos previstos en las normas reglamentarias ni complementarias dictadas o que se dicten en consecuencia, por cuanto, precisamente, la aplicación de esta norma está impugnada por inconstitucional y sus efectos han sido suspendidos por la traba de la medida cautelar en tres instancias jurisdiccionales, incluida la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

El tribunal también destacó que “si bien el término para la adecuación general a la ley 26.522 ha vencido, respecto de las empresas actoras (que hicieron el juicio) su curso está suspendido y, en consecuencia, los efectos de tal vencimiento no son aplicables a las demandantes precisamente por efecto de la traba de la medida cautelar”, se expresa en la resolución.

En la misma resolución, la Cámara rechazó las recusaciones que realizó el Estado Nacional a los jueces que resolvieron la medida que fue solicitada por el gobierno ayer. El ejecutivo de Ferández solicitó la recusación en su cargo del juez De las Carreras, quien también fue denunciado penalmente por el presunto delito de “dádivas”.

La fórmula empleada en torno a la vigencia de su resolución hasta que se dicte una “sentencia defintiva” abrió dudas en torno a cómo se reorientará el trámite judicial. La Corte Suprema de Justicia urgió la semana pasada al juez de primera instancia Horacio Alfonso a que falle a la brevedad en torno constitucionalidad o no del artículo 161, pero en caso de sobrevenir apelaciones el fallo definitivo correspondería a la propia Corte, dilatando la aplicación de la llamada cláusula de desinversión.

La Ley de Medios fue sancionada por el Congreso en octubre del 2009 mientras que la medida cautelar ahora prorrogada está vigente desde diciembre del 2009.

Ante la disconformidad del gobierno con el fallo, el Ministro de Justicia, Julio Alak, aseguró que el Ejecutivo solicitará”la nulidad ante la Corte” del fallo adoptado por la Cámara Civil y Comercial Federal que benefició al Grupo Clarín a través del recurso del per saltum.

Alak advirtió que “este fallo es absolutamente arbitrario, con groseras autocontradicciones con el fin de prolongar una medida cautelar absurda”.”Faltan pocos días para que se dicte sentencia de fondo, puede ser una semana, dos o tres, pero la aplicación de la ley es inexorable”, añadió el ministro de Justicia, al tiempo que aseveró que “hay una decisión política de desmonopolización, porque lo dice el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

Por su parte, el titular de la Afsca, Martín Sabbatella, consideró “una vergüenza” el fallo de la Cámara y aseguró que “tarde o temprano, la ley de Medios se terminará aplicando”.

 

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