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Se pospuso votación sobre sobre infertilidad y fertilización asistida

El próximo martes 9 la Cámara de Diputados votará un proyecto de Ley que apunta a definir la esterilidad y la infertilidad como “enfermedades crónicas” y en base a ello obligar a que tratamientos de fertilidad se incluyan dentro de las prestaciones de asistencia que obligatoriamente deban brindar las entidades públicas y privadas del Sistema Nacional Integrado de Salud.

PUBLICADO el Martes 2 de octubre, 2012

En Uruguay las técnicas de fertilización asistida se realizan desde hace 25 años, no obstante, aun no han sido reglamentadas. De hecho, la primera iniciativa respecto a una ley de este tipo fue planteada en 1996 por el senador del Frente Amplio Alberto Cid, pero nunca se aprobó.

Así, la falta de legislación en torno al tema genera que en los distintos servicios de salud se diagnostiquen las patologías que impiden la concepción o generan la interrupción del embarazo, pero no se ofrezcan tratamientos para intentar solucionarlas. Esterilidad e infertilidad no son consideradas enfermedades y por ende los servicios no se ven en la obligación de ofrecer los tratamientos necesarios para revertirlas. Las parejas deben entonces afrontar el pago de tratamientos en clínicas privadas, circunstancia que muchas veces les resulta económicamente irrealizable.

En ese marco la Comisión de Salud de Diputados planteará el próximo martes al Plenario de la Cámara un proyecto de Ley que define a la infertilidad y a la esterilidad como enfermedades de carácter crónico y obliga a las entidades públicas y privadas que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud a garantizar dentro de las prestaciones de asistencia la posibilidad de la realización de estudios de diagnóstico, así como el tratamiento, los materiales, estudios, asesoramiento y la realización de los procedimientos terapéuticos de Reproducción Humana Asistida de alta y baja complejidad, el  eventual tratamiento de complicaciones supervinientes y la medicación correspondiente en todos los casos.

Según indica el proyecto, la reglamentación posterior deberá determinar en qué nivel y condiciones el Estado subsidiará tanto los estudios como el tratamiento y demás procedimientos establecidos como obligatorios.

Además, en el proyecto de Ley se regulan las técnicas de fertilización a implementar buscando que se den garantías para la donación de gametos y para quienes tienen necesidad de realizarse técnicas para lograr un embarazo, y también se especifican delitos y faltas y se crea una Comisión Honoraria que asesore técnicamente al Poder Ejecutivo para estar al día con los avances que la tecnología ofrece.

Lourdes Leiva, integrante de la agrupación “Ser padres es un derecho, no un privilegio” expresó a LA REPÚBLICA la votación se espera con gran expectativa, sobre todo por la inclusión por parte del diputado nacionalista Antonio Chiesa, en base a una propuesta del diputado Luis Lacalle Pou, del artículo 2 que hace obligatorio que el Estado otorgue el sustento económico de los tratamientos. En ese sentido, destacó el hecho de que el proyecto favorece “sin discriminar por ser usuarios de la salud privada o la pública”. “Que tengas una sociedad no significa que tengas dinero para hacerte un tratamiento de este tipo”, indicó.

Procedimientos

La asistencia del Estado a tratamientos siempre ha estado volcada a públicos. ASSE en 2009 lanzó un programa junto al Centro Iberoamericano de Reproducción Asistida (CIRA) para que los usuarios de Salud Pública pudieran acceder gratuitamente a los tratamientos, pero dicho programa finalizó en 2010 y no se inscribió a más parejas. Actualmente el servicio aun se encuentra cumpliendo con la lista de quienes a esa fecha estaban aprobados y estudiados, pero no se espera que se reabran los cupos.

Asimismo, actualmente funciona en el Pereira Rosell un servicio que brinda tratamientos de mediana y baja complejidad a parejas que buscan tener un hijo pero por no pueden hacerlo naturalmente. Dichos tratamientos se reducen a tratamientos hormonales e inseminaciones, y desde 2010 son accesibles solo a parejas en las que ambos estén afiliados a ASSE y cuenten con dos años de antigüedad en el sistema.

De esa forma, la única vía para acceder un tratamiento que poseen los usuarios de la salud privada o quienes requieren tratamientos complejos es acudir a una clínica particular, donde los costos son altos: una inseminación cuesta entre 600 y 2.000 dólares, una tratamiento va de los6.000 alos 8.000 y una ovodonación o donación de esperma puede llegar a los 12.000 dólares.

Datos

6.000 dólares entre medicación y tratamiento es el costo promedio en una técnica que no es 100% segura o efectiva y que en muchos casos debe reiterarse.

  • Las tasas de embarazo logradas en el Centro de Reproducción Humana del Interior con sede en Salto, única clínica privada en el Uruguay que cuenta con el programa de ovodonación, indican que para el 52% de las mujeres menores de 30 años obtienen resultados positivos, de 30 años a 38 años 42%, de39 a40 años, 25% y de 41 años y más, 11% de efectividad.
  • En Estados Unidos la donación de óvulos se paga entre U$S 1.500 y U$S 2.000.
  • En el mundo ya han nacido más de un millón de niños por distintas técnicas que reproducción asistida.

Curioso: Se legislará sobre la clonación

En el artículo 22 del proyecto de Ley de Técnicas de reproducción humana asistida se alude al delito de clonación. Según indica el texto, el profesional que, con el fin de crear por clonación, seres humanos idénticos, conteniendo el mismo patrimonio genético que un progenitor, manipule células humanas o material genético, o transfiera a una mujer un embrión así creado, será castigado con dos a seis años de penitenciaría e inhabilitación del título por el doble de la condena. Asimismo, si se llegase a crear uno o más seres humanos por clonación, la pena será de tres a nueve años de penitenciaría e inhabilitación del título por el doble de tiempo de la condena.

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