editorial
Prosiguiendo el abordaje del tema de referencia, vamos a plantear hoy uno de los modelos de información, la financiera y más precisamente la información contable que se vuelca en los Estados Financieros o Estados Contables los cuales son elaborados por las entidades con fines de lucro.
El valor de la información que suministran los Estados Contables puede identificarse a través del uso que frecuentemente realizan los propietarios, inversores, analistas, trabajadores, sindicatos, clientes, proveedores, asociaciones y gobierno en sentido amplio.
La información permite decidir acerca de comprar, mantener o vender inversiones financieras; evaluar el comportamiento o la actuación de los administradores; evaluar la habilidad de la empresa para satisfacer los pagos y suministrar otras prestaciones a sus empleados; evaluar la seguridad o el riesgo de los fondos prestados a la empresa; determinar políticas impositivas; determinar los beneficios distribuibles y los dividendos; preparar y usar las estadísticas de la renta nacional y regular las actividades de las empresas .
Considerando la importancia estratégica de que la sociedad acceda a la valiosa información que surge de los Estados Contables, el legislador estableció la obligación de registrar los mismos en la Auditoría Interna de la Nación . Esta disposición aplica a todas las sociedades comerciales cuyos activos al cierre de cada ejercicio anual superen las 30.000 UR o que registren ingresos operativos netos durante el mismo período que superen las 100.000 UR.
En la práctica, son escasas las empresas que han cumplido con esta disposición legal, por lo cual la Rendición de Cuentas actualmente en trámite parlamentario incluye una disposición que establece que la Dirección General Impositiva no otorgará el Certificado Único a las Entidades que debiendo registrar sus Estados Contables no lo hayan realizado.
Esta situación pone de manifiesto que la mayoría de las sociedades comerciales no han cumplido con el precepto legal de brindar información de interés público, siendo probable que -entre otros factores- el empresario no desee publicar “sus números” para que el resto de la sociedad desconozca la realidad de su negocio y su forma de administrarlo.
Adicionalmente, queda en evidencia que la Auditoría Interna de la Nación no ha podido cumplir con el mandato legal y que el control del cumplimiento del registro de los Estados Contables se delegue –en los hechos- en la Dirección General Impositiva.
Finalmente, demuestra la responsabilidad del gobierno y su voluntad de lograr que la información acerca de las distintas actividades económicas y productivas se encuentre disponible para todos los interesados, lo cual redundará en una clara e inequívoca mejora para toda la sociedad.
El autor es contador público, consultor, docente universitario y asesor parlamentario del Diputado Gonzalo Mujica
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