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España

Médico deberá abonar manutención de niño nacido tras aborto fallido

La justicia de Palma de Mallorca condenó a un médico y a la clínica por negligencia médica al realizar un aborto. Deberán pagar la manutención del niño hasta que cumpla 25 años.

PUBLICADO el Jueves 24 de mayo, 2012 1 comentario

El juzgado en primera instancia número 2 de Palma de Mallorca condenó por  negligencia médica a un médico y a la institución a la que el mismo pertenece, por lo que deberán indemnizar en 420.000 euros a una mujer que dio a luz luego de un aborto fallido.

La suma estipulada por el juzgado comprende a la manutención del menor hasta que cumpla los 25 años, la sentencia indica: “Esta indemnización comprenderá los gastos de alimentación, vestimenta, sanidad, educación y manutención, y cualesquiera otros precisos para su debida formación, que (el niño) requiera desde el día de la firmeza de esta sentencia hasta los 25 años de edad”, según informa el diario español ABC.

La sentencia agrega también que “la manutención económica bajo amparo materno no se extingue al cumplir la mayoría de edad sino que esta se prolonga hasta una vez se finalizan los estudios y el hijo puede mantenerse por sí mismo conforme es reiterada doctrina jurisprudencial –la cual llega a afirmar que inclusive habiendo concluido estudios sino se obtiene trabajo, se encuentra uno aún bajo amparo paternal”.

El hecho se originó cuando en abril de 2010 una mujer concurrió a una clínica a realizarse un aborto, teniendo al momento un embarazo de 8 semanas.  Dos semanas después de la aspiración de feto, la mujer volvió a consultar al médico para verificar el procedimiento mediante una ecografía, en la cual confirmaron que el feto no estaba, por lo cual se determinó que el aborto había sido realizado correctamente.

En este acto es que la justicia determina la negligencia, argumentando que “al realizar la ecografía no obró con la diligencia debida y exigible provocando las consecuencias de sobra conocidas”.

En tanto, el abogado defensor del médico indicó que apelaría la sentencia, ya que en la semana 20 del embarazo (la semana 22 es el límite legal en España para la interrupción voluntaria del embarazo) se le quiso practicar una segunda intervención a la que la mujer se negó.

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Un Comentario

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  1. Si está bajo la mantención de los padres y no consigue trabajo hay que mantenerlo? Esté tipo no trabaja en su vida jaja.Mi amor no te sientas mal,no te queria y me fui a realizazar un aborto,pero si te traee problemas está situación te mando al psicologo total yo no lo pago