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“Resulta primordial promover el desarme de la sociedad civil, y educar en cuanto a que, quien decida adquirir un arma de fuego, debe estar preparado psicológicamente y haber recibido la preparación y entrenamiento necesarios para lograr un uso adecuado y racional de la misma”, señala el mensaje remitido al Poder Legislativo y firmado por el presidente José Mujica y los ministros del Interior y Defensa Nacional, Eduardo Bonomi y Eleuterio Fernández Huidobro.
El proyecto de ley define el tráfico ilícito internacional de armas de fuego, municiones, explosivos y materiales relacionados como la importación o exportación de los mismos y las pena con tres a 12 años de prisión. Si realiza el tráfico dentro del país, la ley penalizará al delincuente con 24 meses a 6 años de penitenciaría. Y si el delito es cometido por un integrante de una organización criminal, la pena será aumentada en un tercio.
La investigación de los casos de tráfico de armas de fuego corresponderá a los Juzgados de Crimen Organizado. El Ministerio de Defensa brindará la información del Servicio de Material y Armamento al Ministerio del Interior para que cuente con la información de manera rápida y eficaz.
Además, el proyecto prevé un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la ley para regularizar la situación ilegal del portador de un arma de fuego o, en caso contrario, la entrega voluntaria del arma al Servicio de Material y Armamento del Ministerio de Defensa.