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recursosCinco fiscales van contra la “muralla” de la Corte Suprema

Otros dos fiscales penales presentaron ayer sendas demandas de recusación contra cuatro de los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) incluido su presidente. En total, suman cinco las acciones recusatorias contra la corporación, en causas por violaciones a los DDHH.

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Ayer, venció el plazo de tres días hábiles para la presentación de las demandas. Los fiscales penales Gilberto Rodríguez y Ariel Cancela se sumaron a las ya presentadas por sus pares Carlos Negro, María de los Angeles Camiño y Ana María Tellechea. Todos ellos, argumentan que el presidente de la corporación doctor José Ruibal Pino prejuzgó al sostener que la SCJ no variará su posición en relación a la inconstitucionalidad de la Ley 18.831 que evitó la prescripción de los delitos cometidos durante la dictadura. En uno de los escritos, se sostiene que con sus comentarios, el presidente de la SCJ vulnera el concepto de que todo organismo tiene que tener la posibilidad de revisar sus propias decisiones y escuchar otros argumentos.

Más precisamente, Ruibal Pino había dicho -el miércoles de la semana pasada a varios medios, entre ellos LA REPÚBLICA- que esas causas se toparán con una “muralla” en la Corte a menos que esta modifique su integración. La Suprema Corte de Justicia ya se ha pronunciado en ocho causas en las que se plantearon recursos de inconstitucionalidad contra la ley de “restablecimiento para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado” Nº 18.831 y la ley de “cooperación con la Corte Penal Internacional en materia de lucha contra el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad” Nº 18.026. En todos los casos, salvo uno -Nº 21/2013- las sentencias fueron favorables a la inconstitucionalidad.

Por otro lado, informó que, en total, el número de asuntos en trámite en los que se planteó la excepción de inconstitucionalidad contra la mencionado ley Nº 18.831 asciende a quince, las cuales ya están a estudio de los ministros de la SCJ.

El detalle de los pronunciamientos de la SCJ es el siguiente:

1) Sentencia 20/2013 en expediente 2-109.971/2011. Martínez Llano, Julio – Falero Ferrari, Orlinda – Denuncia – Excepción de inconstitucionalidad – arts. 1, 2 y 3 de la ley Nº 18.831.

2) Sentencia 21/2013 en expediente 1-42/2012. Coronel Wilson y otros c/ Poder Legislativo y otro – Acción de inconstitucionalidad – Ley Nº 18.831.

3) Sentencia Nº 87/3013 en expediente 316-10.015/1987. Ministerio de Salud Pública – Denuncia – Excepción de inconstitucionalidad – Ley Nº 18.831 y en especial sus artículos 1, 2 y 3.

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4) Sentencia 152/2013 en expediente 87-289/1985. Zabala Quinteros, Juan Ricardo – Cómplice de un delito de homicidio muy especialmente agravado – Excepción de inconstitucionalidad – arts. 1, 2 y 3 de la Ley Nº 18.831.

5) Sentencia 186/2013 en expediente 2-28914/2009. Sosa Bustos, Tania Isabel – Denuncia – Excepción de inconstitucionalidad – arts. 1, 2 y 3 de la Ley Nº 18.831.

6) Sentencia 187/2013 en expediente 1-154/2012. Piegas Cavalheiro, Juan Eduardo – Denuncia – Excepción e inconstitucinalidad – Ley Nº 18.831 y en especial sus arts. 1, 2 y 3.

7) Sentencia Nº 212/2013 en expediente 2-53.193/2010. Perrini Santamaría, Nino Piero. Denunciante. Antecedentes ficha 2-21.986/2006. Dcia. Excepción de inconstitucionalidad –arts. 7, 9, 13.1, 13.2, 13.3, 19 y 20 Ley Nº 18.026 y arts. 2 y 3 de la Ley Nº 18.831.

8) Sentencia Nº 217/2013 en expediente 411-310/2011. Pertuy Franco, Marinela – Denuncia – Excepción de inconstitucionalidad – arts. 1, 2 y 3 de la Ley Nº 18.831.

Dudas

La recusación de ministros de la Suprema Corte es inédita y existen dudas en el máximo órgano judicial sobre cómo proceder cuando son tantos los ministros cuestionados. La regulación aparece contenida en el artículo 325 y siguientes del Código General del Proceso y también en el artículo 66 del Código del Proceso Penal. La recusación busca que el recusado se aparte de la decisión de un determinado caso. Cuando esto sucede, se supone, se debe hacer un sorteo entre los ministros de los Tribunales de Apelaciones para que uno de ellos ocupe, de forma momentánea, el lugar del ministro recusado en la Corte. Los ministros recusados pueden dar un paso al costado por voluntad propia. En caso de que no lo hagan, qué pasaría y, a su vez, qué pasa en este caso cuando son recusados cuatro de los cinco ministros de la Corte.

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  1. Luis Molina dice

    Los Cuatro Jinetes del Apocalipsis, son los cuatro caballeros que se describen en la primera parte del capítulo sexto del Apocalipsis, pero hay una versión que le agrega uno (1) o sea que llegan a Cinco. .Considero a los 5 fiscales mencionados no del Apocalipsis, sino de la Bienaventuranza, que pueden hacer que brille la justicia.

  2. mamboretA dice

    Atento al mensaje anterior y en base a otro acontecimiento en trámite, parece que la Justicia finalmente resplandecerá. ¿Cual es? Se conoció que el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Primer Turno, integrado por los Ministros Alberto Reyes; Rolando Vomero y Sergio Torres, determinaron por unanimidad no clausurar dos investigaciones por crímenes cometidos bajo el terrorismo de Estado, en contraposición de la Corte Suprema de (in) Justicia que los había declarado delitos comunes.

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